El mismo Juzgado Mixto Penal Unipersonal de Rodríguez de Mendoza de la Corte Superior de Justicia, pero con diferente juez, anuló su resolución que ordenaba reponer en su puesto de director y subdirector a quienes no se presentaron a la evaluación excepcional convocado por el Ministerio de Educación.
Ambas decisiones del juez Luis Alberto Arias Requejo están contenidas en la Resolución número 07 del Expediente 2016-033 fechada el 31 de enero y titulada “Auto de nulidad de oficio”.
Arias Requejo reemplaza en el Juzgado Mixto Personal Unipersonal de Rodríguez de Mendoza a Hugo Higinio Custodio, quien fue separado del cargo el 6 de diciembre por recomendación de OCMA y decisión del presidente de la Corte de Amazonas quien argumentó que Higinio “vendría presuntamente tramitando de manera irregular la Acción de Amparo n.º 006-2016, así como la medida cautelar n.º 033-2016”.
El juez Arias concluye que en la tramitación de la acción de amparo “se ha vulnerado el derecho a un debido proceso”.
Así, declara de oficio nulas las resoluciones 5 y 6 de Higinio y deja sin efecto los oficios que éste emitió ordenando a los Gobiernos Regionales y Direcciones Regionales de Educación la reposición de los exdirectivos.
En la región Ancash, se habría decidido dejar sin efecto la resolución emitida por el director Regional de Educación que disponía que los directores que ganaron el concurso se retiraran de las direcciones.