Mediante la Resolución 002-2017 fechada el 04 de enero del año pasado y publicada recién el 9 de mayo del presente año, el Consejo Nacional de la Magistratura resolvió tener por concluido el procedimiento disciplinario, aceptar el pedido de destitución y en consecuencia, destituir a los doctores Carlos Simón Rodríguez Ramírez, Betty Elvira Tinoco Huayaney y Demetrio Robinson Vela Marroquín, por su actuación como jueces superiores integrantes de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ancash.
En el acápite segundo dispone la cancelación del título que se les hubiere otorgado a que contrae el artículo precedente de la resolución, debiéndose inscribir la medida en el registro personal de los citados magistrados, asimismo cursar oficio al presidente de la Corte Suprema de Justicia y al Fiscal de la Nación y publicarse la presente resolución, una vez que quede consentida o ejecutoriada.
Dispone igualmente la inscripción de la destitución en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, una vez que la misma quede consentida o ejecutoriada.
Ninguno de los magistrados hasta el momento ha emitido pronunciamiento alguno sobre el recurso que podrían aún interponer en la vía judicial y las que aún tengan derecho.
Motivo de la medida
El cargo del proceso disciplinario que se les imputa: que habría una presunta falta de motivación de la sentencia de vista contenida en la resolución 13 de fecha 09 de mayo de 2013, expediente 255-2013, donde revocando la apelada declararon fundado en parte el hábeas corpus preventivo interpuesto por Cesar Joaquín Álvarez, conducta con la que presuntamente habrían incurrido en falta muy grave prevista en el numeral 13 del artículo 48 de la Ley de la Carrera Judicial.
Se precisa también en la conclusión que en virtud de las consideraciones previamente expuestas, se llega a la conclusión de que se encuentra acreditado el cargo imputado en el acápite II de la presente resolución en contra de los citados magistrados, por sus actuaciones como jueces superiores integrantes de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ancash, así como la responsabilidad disciplinaria que de tal hecho se deriva al haber vulnerado gravemente los deberes del cargo.