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Gobierno decreta emergencia para distritos de Sihuas y Pomabamba

Foto: Ancash Noticias

Áncash

Gobierno decreta emergencia para distritos de Sihuas y Pomabamba

Presidencia del Consejo de Ministros precisó las acciones que cumplirán el Gobierno Regional de Ancash, las municipalidades involucradas y los ministerios del gobierno central.

A sólo horas de haberse producido la visita presidencial, el gobierno mediante decreto supremo 020-PCM decretó el estado de emergencia para los distritos de Alfonso Ugarte y Quiches correspondientes a la provincia de Sihuas y Parobamba en Pomabamba, así como para los distritos de Taurija y Rupay de la provincia de Pataz.

Esto a mérito del peligro inminente ante el probable desembalse, así como en el distrito de Pomabamba, provincia de Pomabamba por erosión pluvial.

El mandatario Martín Vizcarra, precisamente ayer inspeccionó las zonas afectadas en Pomabamba como sobrevoló el cerro Suchimán donde se advirtió el peligro de embalse del río Rupaj.

El estado de emergencia decretado es para los próximos 60 días calendario para la ejecución de las acciones inmediatas, necesarias, destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación correspondiente.

Acciones

El Gobierno Regional de Ancash, el Gobierno Regional de La Libertad, así como las municipalidades provinciales y distritales involucradas, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio del Interior, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Energía y Minas, y demás entidades competentes en cuanto les corresponda, ejecutarán las acciones inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación correspondientes.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Financiamiento

La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

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