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INDECOPI: Multa por no usar los octógonos de advertencia será de S/2.8 millones

La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi fiscalizará que se cumpla con el Manual de Advertencias Publicitarias (MAP), su colocación en las etiquetas y en la publicidad de los alimentos y bebidas no alcohólicas envasados, informó el ente fiscalizador.

Octógonos de advertencia

El Indecopi resaltó que es importante que la ciudadanía reciba información clara y precisa al momento comprar sus alimentos, por lo que ha elaborado una infografía denominada ‘Indecotip’, sobre los octógonos que deben ser colocados en los envases de alimentos procesados y de las bebidas no alcohólicas, cuando estos superan los límites establecidos en la tabla nutricional.

Los octógonos de color negro en las etiquetas y en la publicidad de los alimentos procesados y en las bebidas no alcohólicas indican que el producto es alto en sodio (sal), alto en azúcar, alto en grasas saturadas o si contiene grasas trans.

La obligación legal rige a partir del lunes 17 de junio. Para ello, los inspectores de Indecopi vienen verificando su cumplimiento.

(VER INFOGRAFÍA AQUÍ https://bit.ly/2XUKojY)

Sanciones

A quienes infrinjan la ley, el Indecopi le aplicaría una multa que podría ir desde una amonestación hasta 700 unidades impositivas tributarias, equivalentes a 2 millones 835 mil soles, según sea el caso.

Los ciudadanos que adviertan que no se está cumpliendo la ley, también podrían presentar denuncias informativas gratuitas, llamando al teléfono 224-7777 (en Lima), al 0-800-4-4040 (para regiones) o a través del correo electrónico sacreclamo@indecopi.gob.pe.

Si un producto debe contar con octógonos y no los tiene, estaría infringiendo lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, por infracción a la Ley de Alimentación.

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