El Gobierno declaró los feriados y días no laborables oficiales del año 2020. Entre estos últimos resaltan el miércoles 24 de junio, lunes 27 de julio, el viernes 9 de octubre y jueves 31 de diciembre.
Feriados de Enero
Miércoles 1 de enero: Año Nuevo.
Feriados de Febrero
No presenta feriados.
Feriados de Marzo
No presenta feriados.
Feriados de Abril
Jueves 9 de abril: Jueves Santo.
Viernes 10 de abril: Viernes Santo.
Feriados de Mayo
Viernes 1 de mayo: Día del Trabajador.
Feriados de Junio
Miércoles 24 de junio: día no laborable decretado por el Gobierno.
Lunes 29 de junio: Día de San Pedro y San Pablo / Día del Pescador.
Feriados de Julio
Lunes 27 de julio: día no laborable decretado por el Gobierno.
Lunes 28 de julio: Fiestas Patrias.
Miércoles 29 de julio: Fiestas Patrias.
Feriados de Agosto
Domingo 30 de agosto: Día de Santa Rosa de Lima.
Feriados de Setiembre
No presenta feriados.
Feriados de Octubre
Jueves 8 de octubre: Día del Combate de Angamos, en honor al fallecimiento del héroe Miguel Grau Seminario.
Viernes 9 de octubre: día no laborable decretado por el Gobierno.
Feriados de Noviembre
Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.
Feriados de Diciembre
Martes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
Viernes 25 de diciembre: Navidad.
Jueves 31 de diciembre: día no laborable decretado por el Gobierno.
¿Qué días son feriados en 2020?
A lo largo de los doce meses del 2020, hay una determinada cantidad de días catalogados feriados de acuerdo a la regulación de la Ley N° 713, sobre los descansos remunerados de los trabajadores.
La única particularidad a tomar en cuenta es que los meses de febrero, marzo y setiembre no presentan feriados o asuetos en el calendario
Días feriados / días no laborables |
Festividad |
Miércoles 1 de enero | Año Nuevo |
Jueves 9 de abril | Jueves Santo |
Viernes 10 de abril | Viernes Santo |
Viernes 1 de mayo | Día del Trabajador |
Lunes 29 de junio | Día de San Pedro y San Pablo / Día del Pescador |
Lunes 27 de julio | Día no laborable decretado por el Gobierno |
Martes 28 de julio | Fiestas patrias |
Miércoles 29 de julio | Fiestas patrias |
Domingo 30 de agosto | Día de Santa Rosa de Lima |
Jueves 8 de octubre | Día del Combate de Angamos |
Viernes 9 de octubre | Día no laborable decretado por el Gobierno |
Domingo 1 de noviembre | Día de Todos los Santos |
Martes 8 de diciembre | Día de la Inmaculada Concepción |
Viernes 25 de diciembre | Navidad |
Jueves 31 de diciembre | Día no laborable decretado por el Gobierno |
¿Cuántos feriados hay en 2020?
De acuerdo al calendario de feriados 2020 en Perú, este año 2020 cuenta con 12 días catalogados como feriados calendarios. Estas fechas corresponden a días especiales en los que se conmemoran celebraciones, homenajes o actividades especiales para el país.
¿Qué días son no laborables en Perú?
En consecuencia con el tema anterior, el Estado peruano contempló determinar algunas fechas del año 2020 como días no laborables. Según lo dispuesto desde el sector público, hay tres días en el calendario que fueron designados bajo esta prerrogativa.
Los días no laborables son decretados por el Presidente de la República en ejercicio, con el aval de los ministros de Trabajo y Promoción del Empleo, de Comercio Exterior y Turismo y refrendados por el Presidente del Consejo de Ministros.
Esta estrategia tiene como finalidad dinamizar la economía y el turismo interno, aprovechando que la persona dispone de un tiempo libre para ejecutar otro tipo de actividades.
¿Cuántos días hábiles tiene el año 2020?
Más allá de la algarabía y regocijo que representa disfrutar un día feriado en el año, el calendario 2020 tiene una gran cantidad de días hábiles que todos los trabajadores formales están obligados a cumplir.
¿Quieres saber cuántas serán las fechas en las que deberás trabajar? Descontando los días feriados, no laborales y fines de semana, el año 2020 tiene 253 días hábiles. Recordemos que este año tiene 366 días, por ser bisiesto.
¿Qué son los días feriados?
Es común referirnos a ellos también como ‘feriados’, sin embargo no son exactamente iguales. Los días feriados son fechas establecidas de acuerdo a Ley donde está permitido el descanso de la jornada laboral.
Los feriados tienen carácter de obligatorio en su cumplimiento y cuyas horas no trabajadas no deben ser compensadas en el futuro. No obstante, en caso que un empleador decida que uno debe trabajar ese día, sin brindarle otro de descanso, deberá pagarle por adición para compensar.
Además, todos los trabajadores que laboren en el territorio peruano tendrán el derecho a descansar en un día feriado no laborable, sin distinción de nacionalidad, religión, ideología política, nacionalidad del empleador, u otro tipo de cualidad.
¿Qué son los días no laborables?
Los días no laborables -también llamados asueto– son aquellos autorizados mediante un Decreto Supremo por el Presidente de la República. El cumplimiento de estas jornadas libres de trabajo extraordinarias se da previo acuerdo con el empleador.
En caso que un empleador decida acatar el descanso por día no laborable, acordará con su(s) empleado(s) la recuperación del espacio de tiempo otorgado.
Diferencia entre feriado y día no laborable
los feriados no laborables ya se encuentran establecidos mediante ley (D. Leg. N° 713) y son de alcance nacional mientras que los días no laborables compensables son establecidos por el Poder Ejecutivo, en función a consideraciones particulares tales como la seguridad nacional, fomento del turismo, etc. y son obligatorios sólo para el sector público.