Durante los más de 50 días que lleva la emergencia nacional a causa del COVID-19, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) atendió a 5168 usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado a nivel nacional, a través de sus diferentes canales de atención remota (teléfono, redes sociales y correo electrónico).
El 42 % de las comunicaciones se dieron para reportar problemas operacionales, como la falta de agua en la zona, inconvenientes con el alcantarillado, aniegos por roturas de tuberías de agua y desagüe, entre otros, los cuales fueron comunicados oportunamente a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento de sus respectivas ciudades y monitoreadas por la Sunass para su atención oportuna.
El 28 % de los usuarios se comunicaron para realizar consultas sobre temas comerciales, entre los cuales destacaron dudas sobre la facturación de los servicios de saneamiento y el fraccionamiento de sus recibos de agua emitidos durante la emergencia nacional.
Al respecto, la Sunass recordó a los usuarios que el Decreto de Urgencia N° 036-2020 establece que la facturación de los servicios de saneamiento se realizará en base a un promedio histórico de consumo mientras
dure la emergencia.
Asimismo, que los recibos pendientes de pago por dichos servicios, que se hayan emitido bajo el estado de emergencia, podrán ser fraccionados hasta en 24 meses.
El fraccionamiento será aplicado a los usuarios de la categoría social, a los usuarios de la categoría doméstica beneficiaria de los subsidios cruzados focalizados, cuyo consumo no supere los 50 m 3 mensuales; y a los usuarios de la categoría doméstica, cuyo consumo no supere los 50 m 3 mensuales, donde no se hayan implementado los subsidios cruzados focalizados.
La empresa prestadora (EPS) debe comunicar a los usuarios el número de cuotas a fraccionar a través de los recibos digitalizados, de su portal institucional u otro medio de acceso público.
El usuario podrá solicitar a la empresa un fraccionamiento distinto (menor o mayor al establecido por la EPS), siempre y cuando no exceda los 24 meses. La solicitud se realizará a través de un canal de atención remoto
establecido por la empresa (teléfono, WhatsApp, página web, aplicación, redes sociales y/o correo electrónico). Los recibos fraccionados no se consideran vencidos, por lo cual no aplica el cobro de intereses
moratorios y/o compensatorios ni de cargos fijos por mora.
Para acceder al reporte de atenciones realizadas por la Sunass, a través de sus canales remotos, puede ingresar a la página web www.sunass.gob.pe.
La Sunass tiene a disposición de la ciudadanía el Fono Sunass: 043 235158 y 978895021 , la línea gratuita 0800 00 121 (solo para provincias) y el correo electrónico sunass@sunass.gob.pe, así como sus redes sociales oficiales en Facebook y Twitter, donde pueden hacer llegar sus consultas o reportar problemas que no son atendidos oportunamente por las empresas de agua de su ciudad.
De igual modo, se tienen conformados equipos de emergencia en las 25 regiones del país para concurrir a los lugares en los que pudieran presentarse emergencias operativas de gran magnitud.