La Sunat decidió aplazar las fechas de vencimiento de la declaración anual del Impuesto a la Renta 2019, así como las declaraciones mensuales de febrero a agosto de 2020.
La medida aplica para el 99 % de las personas y empresas, exceptuando a los Principales Contribuyentes (Pricos) que mantienen las fechas de la última prórroga.
Mediante la Resolución de Superintendencia N°099-2020/Sunat, se adoptó esta medida considerando la última ampliación del Estado de Emergencia hasta el 30 de junio.
En cuanto a la declaración anual, se prorrogó la fecha de vencimientos de la declaración y pago del IR y del ITF del 2019, para los contribuyentes que no tengan la calidad de Pricos y que en ese periodo facturaron hasta S/ 21 millones.
Sobre la declaración mensual, se amplió hasta el 9 de julio las fechas de vencimiento para la declaración y el pago del período febrero del 2020, en el caso de los contribuyentes cuyos ingresos no superen los 9’660,000 soles, exceptuándose también a los Pricos.
La incorporación de las prórrogas de todos estos meses tiene por objetivo evitar que en un mismo mes se deba dar cumplimiento a obligaciones que correspondan a más de dos períodos.
La Sunat recordó que el cumplimiento de las obligaciones tributarias en esta etapa es fundamental para coadyuvar a la recuperación del Perú tras la emergencia nacional.
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— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) May 30, 2020