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Chavín: Familiares de ciudadano que murió atropellado claman justicia

Su profunda indignación mostraron los chavinos y familiares ante la determinación del juez de Investigación Preparatoria de la provincia de Huari Lázaro Conco Edgar Javier, quien determinó en primera instancia una prisión preventiva de sólo 3 meses para Yober Díaz Herrera, quien luego de atropellar al ciudadano Narciso Anaya Garay se diera a la fuga lejos de prestarle el auxilio.

El hecho tuvo lugar el pasado 15 de agosto, según refieren los testigos Katya Garay Anaya y Vidal Ortega Escalante, quienes acusaron al incriminado de haberse ido raudamente despues del accidente ocurrido en el tramo entre Chavín de Huántar a San Marcos, y luego horas después ser capturado por la policía.

Tramo entre Chavín y San Marcos, muy cerca del museo de sitio, donde se produjo el accidente

Esa omisión a la asistencia y auxilio médico inmediato ocasionó que Narciso Anaya Garay pereciera luego de no haber soportado el tratamiento tardío, causando indignación y hondo dolor entre sus familiares que ahora claman justicia.

La Fiscalía solicitó durante la audiencia una prisión de 9 meses, sin embargo el juez sólo acogió por 3, y el abogado defensor del causante del accidente apeló solicitando que el proceso se realice con comparecencia restringida.

«No es posible que esto esté sucediendo, por lo menos si mi señor padre hubiera sido atendido oportunamente atendido otro hubiera sido el desenlace; nosotros exigimos justicia, las autoridades deben sancionar drásticamente el hecho» manifestó su atribulado hijo Guzmán Anaya Garay.

Vehículo con parachoques afectado y conductor Jober Díaz Herrera fueron detenidos por la policía horas después del accidente

Por su parte el abogado defensor de la familia del occiso, Otto Tarazona, consideró que el incriminado incurrió en el concurso de tres delitos como: homicidio culposo, omisión al socorro y exposición al peligro, como delito contra la administración de justicia en la modalidad de fuga, que prevé una condena efectiva no menor de 4 ni mayor de 8 años y por lo tanto la prisión preventiva determinada por el juez, de sólo 3 meses, deberá ser enmendada en segunda instancia.

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