La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha iniciado una intensa campaña de capacitación a los candidatos y candidatas que participarán en las próximas Elecciones Regionales y Municipales (ERM) para que sepan cómo deben entregarle información sobre los gastos, aportes y otros ingresos que tengan durante su campaña electoral. La primera entrega debe realizarse antes del 10 de setiembre.
La presentación de información financiera en los plazos fijados por el organismo electoral es obligatoria para quienes logran inscribir su candidatura ante un Jurado Electoral Especial. Así lo establece la Ley de Organizaciones Políticas (N.° 28094) y el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.
Durante el último mes, la ONPE se ha reunido –de manera presencial y virtual– con miembros de los doce partidos políticos: Acción Popular, Alianza para el Progreso, Avanza País, Juntos por el Perú, Frente de la Esperanza 2021, Fuerza Popular, Partido Morado, Partido Patriótico del Perú, Perú Libre, Podemos Perú, Renovación Popular y Somos Perú. Asimismo, sostuvo encuentros con representantes de 70 movimientos regionales. De esta manera, han sido capacitados 1726 candidatos, candidatas y responsables de campaña.
Una vez confirmada la inscripción de su candidatura, los postulantes pueden acreditar a un responsable de campaña dentro de los quince días siguientes. También tienen este plazo para abrir una cuenta bancaria que usarán exclusivamente para los movimientos financieros de la campaña.
Mediante la capacitación, se da a conocer cómo se obtiene una casilla electrónica, con la cual es posible recibir notificaciones de la ONPE y acceder a la plataforma digital “Claridad”. Los informes de aportes, ingresos y gastos de campaña se pueden presentar a través de esta plataforma o de una de las mesas de partes que tiene la ONPE a nivel nacional.
A lo largo del mes de agosto, continuarán realizándose jornadas de capacitación para que los candidatos y candidatas sepan cómo rendir cuentas y evitar las sanciones contempladas por la ley. Por no presentar información en los plazos establecidos, corresponde una multa cuyo monto no sería inferior a una ni superior a cinco unidades impositivas tributarias (UIT).