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Abogado Roberto Contreras: “La resolución contra Koki Noriega es un caso inaudito y único en toda la historia de procesos electorales”

El abogado Roberto Contreras, especialista en temas electorales y también exregidor de Huaraz, dio a conocer sobre la polémica resolución administrativa, que da cuenta del inicio de exclusión del candidato Koki Noriega Brito, por la organización del Movimiento Agua, según precisa el documento administrativo.

“Es sorprendente nos ha sorprendió a todos, esta resolución, porque es un caso inaudito y único en la historia de los procesos electorales; que después de haber culminado el proceso electoral propiamente dicho con la elección; se pretenda excluir a alguien que no es candidato, sino una autoridad electa”, aclaró el abogado en una entrevista para la Agenda Política de Ancash Noticias.

“La exclusión es una figura que está prevista para ser aplicada ejecutada antes de las elecciones; por eso sí, ya pasaron las elecciones nos sorprende, porque el JNE siendo un órgano especializado en materia electoral, haya emitido esta resolución, provocando una tormenta en un vaso de agua”, señaló también, al tiempo de mencionar todo está reglamentado, y el JNE conoce las normas y leyes, y sabe de excluir a los candidatos de acuerdo a los plazos.

Plazos para una exclusión

 “Solo aplica la exclusión 30 días antes de las elecciones; hay situación excepcional para candidatos hasta el 1 de octubre, para aquellos candidatos que después del 2 de setiembre al 1 de octubre, hayan tenido una sentencia condenatoria. Se está pretendiendo excluir a un candidato, cuando ya se vencieron los plazos; generando toda una paranoia en la sociedad”, indicó.

El abogado dijo respecto a una exclusión y segunda vuelta, lo cual sería “imposible” porque en este caso el candidato tuvo que ser condenado, para poder declarar en la hoja de vida; en este caso el gobernador electo, no tiene sentencias condenatorias.

No hay sentencia condenatoria

“Koki Noriega tiene una sentencia absolutoria, así lo informó el Poder Judicial; por lo que el gobernador no declaró esta sentencia, por ser absolutoria; cómo puede ser que el JNE, porque piden e inicien, un proceso de exclusión; eso es de Ripley”, precisó.

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