Haberle realizado tocamientos indebidos a una menor de 9 años, le costará su libertad. La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa declaró infundado el pedido de apelación, planteado por la defensa de Manuel Elmer Paredes Nina Quispe, por el delito contra la libertad sexual en la modalidad de actos contra el pudor.
En primera instancia, Paredes Nina Quispe, fue condenado por haberle realizado tocamientos a la hija de uno de sus familiares, en una vivienda del centro poblado San Dionicio, del distrito de Santa. El depravado aprovechaba que la niña se quedaba sola; ello a fin de tocarla contra su voluntad, en más de una ocasión.
Precisamente, el 5 de febrero de 2019, uno de sus parientes lo encontró infraganti junto a la agraviada, quien asustada reveló a su madre que el sujeto la tocaba cada vez que se quedaba sola, cuando todos se iban a trabajar.
El Juzgado Penal Colegiado sentenció al sujeto a 9 años de prisión. No conforme con el fallo Andi Escudero interpuso un recurso de apelación, bajo el argumento que la acusación se originó en venganza porque no quiso prestar dinero a la progenitora de la menor.
Por unanimidad, los integrantes de la Segunda Sala de Apelaciones declararon infundado el pedido y confirmaron el fallo de primera instancia.