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Alertan falta de registros en la Beneficencia Pública de Huaraz

La Contraloría emitió el informe de Acción de Oficio Posterior N° 039-2023-2-0337, a través del cual alertó que la Beneficencia Pública de Huaraz (SBPHZ), encargado de efectuar el registro de Declaraciones Juradas en Línea – SIDJ, no registró los datos de los sujetos obligados a la presentación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas, correspondiente al periodo 2021 y 2022. Lo que significa que esta situación afecta el ejercicio transparente en el uso de los recursos de la Entidad.

Sobre el particular, mediante el oficio N° 095-2023-SBHZ-GG de 8 de agosto de 2023, el gerente general de la SBPHz, señaló que la Beneficencia Pública de Huaraz no está obligada: “(…) a presentar declaración jurada de sus trabajadores”.

En ese sentido, mediante el oficio N° D000168-2022-MIMP-DSB de 4 de abril de 2022, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, indicó que las Sociedades de Beneficencia cumplen un objetivo público y tienen como finalidad prestar servicios de protección social de interés público, motivo por el cual, se rigen por el Sistema Nacional de Control, por consiguiente el control gubernamental se ejerce bajo las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

Al respecto, de la revisión a los reportes proporcionados por la Subgerencia de Análisis de Datos (ANDAT), correspondientes a los periodos 2021 y 2022, se evidencia que la Entidad viene incumpliendo el registro de Nombramientos y Contratos de los sujetos obligados a presentar la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas – DJIBR, hecho que ha generado que los funcionarios de confianza de la SBPHz, no realicen la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas – DJBR, de los periodos en cuestión.

Por ello, se recomendó al titular de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huaraz adoptar las acciones que correspondan, en el ámbito de su competencia a fin de atender o superar los hechos con indicios de irregularidad como resultados de la Acción de Oficio Posterior, y de ser el caso, disponer el deslinde de responsabilidades que correspondan.

Dato:

Si quieres ver el informe completo ingresa al siguiente enlace:
https://apps8.contraloria.gob.pe/SPIC/srvDownload/ViewPDF?CRES_CODIGO=2023CPO033700049&TIPOARCHIVO=ADJUNTO

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