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Áncash: alertan situaciones adversas en aprobación de adicional de obra en Corongo

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Áncash: alertan situaciones adversas en aprobación de adicional de obra en Corongo

La Contraloría advierte que el adicional de obra no tiene sustento y perjudicaría a la población que paga por el servicio de agua potable, por el incremento de los costos.

La Contraloría ha emitido un informe de control a la obra de Mejoramiento del sistema de agua potable y desagüe de la ciudad de Corongo, que ejecuta la Municipalidad Provincial de Corongo por S/ 10,472,667.38 ; en el que se advierte dos situaciones adversas:

1. El adicional de obra N° 2 aprobado y presentado por el supervisor a la entidad, no sustenta técnicamente la necesidad de su ejecución, posibilitando la aprobación de variaciones a la obra que afectan los objetivos y metas del proyecto.

(…) Al respecto, se advierte que, el adicional de obra n.° 2 carece de sustento, toda vez que, no contiene el informe técnico que sustente la necesidad, de ejecutar el adicional de obra (plano replanteado que muestre el nuevo modelamiento hidráulico del sistema de alcantarillado, diagrama de flujos y perfiles, que demuestren el funcionamiento y la necesidad del rediseño), aunado a ello, dicho informe no detalla o sustenta técnicamente las deficiencias del expediente técnico (contraste entre el sistema del proyecto original con el propuesto por el Contratista, mostrando los buzones de la red secundaria de las domiciliarias afectadas), que pondrían en riesgo el correcto funcionamiento del sistema de alcantarillado; por otro lado, es propio señalar que, no se evidencia opinión favorable del Proyectista al rediseño.

Además, de la revisión al expediente técnico del adicional n.° 2, se advierte el cambio de la concepción técnica del proyecto con la construcción de una estación de bombeo, el cual no ha contemplado un sistema de drenaje, pese a que el proyecto se encuentra ubicado en la zona sierra de alta probabilidad de precipitaciones de fuerte intensidad, lo que conlleva, al riesgo de paralización de la estación de bombeo con la subsecuente interrupción del servicio de saneamiento, así como la acumulación de aguas servidas dentro de la estación de bombeo, lo que genera un riesgo para la salud de los trabajadores y de la población circundante.

2. El adicional de obra aprobado y presentado por el supervisor a la entidad modifica la concepción técnica del proyecto, posibilitando mayores costos de operación y mantenimiento, que no puedan ser asumidos por la población y el consecuente incumplimiento de la finalidad del proyecto.

(…) de la revisión al expediente técnico del adicional de obra n.° 2, presentado por el contratista, se advierte, que se plantea entre otros, la construcción de una Estación de Bombeo para las aguas residuales para un determinado sector de la ciudad, argumentado aspectos técnicos y sociales, como: realizar excavaciones en la zona evaluada de entre 3.40 y 6.40 metros, “para que el sistema funcione a gravedad será de riesgo muy alto con consecuencias de pérdidas de vida y no habrá nadie que querer trabajar por miedo; también sería muy costoso superior a un millón en costo directo.

(…) Al respecto, en dicho expediente, en el numeral “2.4 CAPACIDAD OPERATIVA DEL OPERADOR”, señala que, existe capacidad administrativa y financiera para poder operar y mantener el sistema de bombeo que se va a construir; además, señala que, los costos de operación y mantenimiento se cubrirán con la cuota familiar del pago mensual y los recursos de la municipalidad que se asignan a la Unidad de Gestión Municipal (UGM).

Igualmente, señala que “está comprobado, los costos de operación y mantenimiento no serán tan altos”, y “que la municipalidad se ha comprometido a cubrir dicho monto, mediante sesión de consejo” , situación de la cual no se tiene evidencia documentaria gestionada; no obstante, se advierte que la municipalidad no podría cubrir todos los gastos de operación y mantenimiento, ya que la sostenibilidad del proyecto implica garantizar que la inversión debe ser autosustentable; es decir, el proyecto debe estar en la capacidad para generar recursos propios que le permitan garantizar la continuidad en el tiempo de las actividades de operación y mantenimiento, presupuesto anual que conforme al expediente técnico aprobado ascendería a S/91 375.90

(…) se puede dilucidar en el cuadro n.° 2, se pretende cambiar el sistema tradicional de desagüe por pendiente señalado en el expediente técnico aprobado por una estación de bombeo, modificaciones que cambian la concepción técnica del proyecto, lo cual tampoco fue registrado por la Unidad Formuladora, incumpliendo el numeral 33.2 del artículo 33 de la Directiva 001-2019-EF/63.01.

(..) estas modificaciones conllevarían a utilizar equipamiento no contemplado, como: dos (2) electrobombas de 5 HP y un (1) generador eléctrico de 220 voltios que funcionaría con gasolina, entre otros, equipos que su funcionamiento tiene un costo de operación y mantenimiento. Asimismo, es propio señalar que, la provincia de Corongo sufre de fuertes vientos y precipitaciones de fuerte intensidad que constantemente colapsan el servicio eléctrico por varias horas al día, situación que no ha sido contemplado en el expediente técnico del adicional de obra n.° 2, lo cual conllevaría a elevar los costes de operación y mantenimiento y por ende a incrementar el pago del aporte mensual de cada beneficiario para la sostenibilidad de los servicios del alcantarillado sanitario.

Además, se advierte que el expediente técnico del adicional de obra n.° 2 al proponer el cambio del sistema de gravedad por la instalación de una caseta de bombeo para el sistema de alcantarillado en la zona evaluada, modificaría la concepción técnica del proyecto, inobservando el numeral 33.2 del artículo 33. Ejecución física de las inversiones de la citada Directiva.

Complementariamente, se tiene que actualmente la población de Corongo paga mensualmente un importe de S/ 3.00 soles, por el servicio de agua; sin embargo, dicho monto se vería incrementado por los costos de operación y mantenimiento del sistema de desagüe, que es motivo del adicional de obra.

El informe No. 039-2023-OCI/0336-SCC, corresponde al Hito de control n.° 3 – Ejecución contractual al 3 de octubre de 2023 . Fue elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Provincial del Santa y comunicado al titular de la entidad para que se tomen las medidas que correspondan.

El informe se encuentra publicado en el siguiente enlace: https://apps8.contraloria.gob.pe/SPIC/srvDownload/ViewPDF?CRES_CODIGO=2023CSI033600038&TIPOARCHIVO=ADJUNTO

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