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Debate: el polémico dictamen del congreso que impide la justicia por crímenes de lesa humanidad

Congreso aprueba dictamen que limita alcances de delitos de lesa humanidad

Tras un accidentado debate producido la semana pasada, el pleno del Congreso de la República aprobó, por mayoría y en primera votación, el dictamen que limita los alcances de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana, específicamente para hechos ocurridos antes de 2002. La votación finalizó con 60 votos a favor, 36 en contra y 11 abstenciones, desatando una fuerte polémica y generando un intenso debate tanto en el ámbito político como en la sociedad civil.

La norma aprobada precisa que el Estatuto de Roma, que regula los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, entró en vigor en el ordenamiento jurídico peruano el 1 de julio de 2002, y la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad el 9 de noviembre de 2003. Según el texto sustitutorio sometido a votación, los delitos cometidos antes de estas fechas “prescriben en los plazos establecidos en la ley nacional”. Esto significa que ningún hecho anterior al 1 de julio de 2002 puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra, y las personas no podrán ser procesadas, condenadas ni sancionadas por dichos delitos, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional.

El debate en el pleno fue intenso y estuvo marcado por numerosos cruces de palabras entre los parlamentarios, llegando incluso a suspenderse la sesión en una oportunidad y a leerse el Reglamento del Congreso en varias ocasiones. Previo a la aprobación, se rechazó una cuestión previa planteada por el legislador Waldemar Cerrón de Perú Libre para que el texto volviera a comisión para un mejor análisis.

El dictamen, propuesto por la Comisión de Constitución del Congreso y promovido por los parlamentarios José Cueto de Honor y Democracia y Fernando Rospigliosi de Fuerza Popular, sostiene que esta normativa es una medida de justicia para los policías y militares procesados por delitos que, según los impulsores, no deberían ser juzgados retroactivamente. Fernando Rospigliosi defendió la medida argumentando que “hace justicia a los policías y militares procesados por hechos anteriores a la entrada en vigor de estas normas internacionales”.

Por otro lado, la oposición y diversos grupos de derechos humanos han levantado fuertes críticas. Sigrid Bazán, congresista de Cambio Democrático-Juntos por el Perú (CD-JPP), votó en contra y afirmó que esta ley generará impunidad, permitiendo que crímenes atroces cometidos entre 1980 y 2000 queden sin castigo. Bazán argumentó que esta normativa incumple las obligaciones de Perú en materia de acceso a la justicia y afecta gravemente los derechos de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos.

En este contexto, es importante recordar que Perú ha sido condenado en más de una decena de casos relacionados con graves violaciones a derechos humanos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, muchos de ellos cometidos durante el gobierno de Alberto Fujimori. Casos emblemáticos como Barrios Altos y La Cantuta, ocurridos en las décadas de 1980 y 1990, serían directamente impactados por esta nueva normativa, generando preocupaciones sobre la posible impunidad de estos delitos.

La bancada de Cambio Democrático-Juntos por el Perú ha presentado un pedido para reconsiderar la decisión, lo que indica que el debate está lejos de concluir. La propuesta será sometida a una segunda votación en los próximos días, lo que mantiene a la opinión pública en vilo y ha provocado una ola de comentarios y análisis desde distintos sectores de la sociedad.

Este dictamen plantea una disyuntiva crítica para el país, balancear el derecho a la justicia y la memoria histórica con la legalidad y los derechos de los procesados. La decisión final del Congreso será un momento decisivo para Perú y para el futuro de su sistema judicial en materia de derechos humanos. En este contexto, surgen varias preguntas clave. ¿La nueva normativa sobre delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra respeta los derechos de las víctimas de estos crímenes? ¿Creen que los delitos cometidos antes de 2002 deberían prescribir según la ley nacional, o deberían ser juzgados independientemente de la fecha en que fueron cometidos?.

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