La Corte Superior de Justicia del Santa confirmó que Dino Edinson Marcos Alva y William Lenin Carrera Huidobro, internos del penal de Cambio Puente en Chimbote, deberán cumplir tres años adicionales de prisión. Esta decisión se tomó luego de que la Segunda Sala Penal de Apelaciones declarara infundado el recurso de apelación presentado por ambos reclusos, quienes habían sido condenados por el delito de posesión indebida de teléfonos celulares dentro de un establecimiento penitenciario.
El caso se remonta al 17 de mayo de 2018, cuando durante una requisa realizada por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) en el penal de Cambio Puente, se incautaron ocho teléfonos móviles junto con sus cargadores en la celda compartida por Marcos Alva y Carrera Huidobro. Ambos internos fueron encontrados culpables en primera instancia y se les impuso, además, una reparación civil de 800 soles.
Los condenados apelaron la sentencia, argumentando fallos en las pruebas presentadas por el Ministerio Público. La defensa de William Carrera afirmó que no se demostró que los teléfonos incautados estuvieran operativos, mientras que el abogado de Dino Marcos alegó que su cliente, quien dormía en el suelo de la celda, fue forzado a autoinculparse bajo amenazas y golpes.
A pesar de estos argumentos, los magistrados de la Segunda Sala Penal de Apelaciones ratificaron el fallo original, confirmando que ambos reclusos deberán cumplir los tres años adicionales de pena efectiva por su responsabilidad en la posesión de los dispositivos prohibidos dentro del penal.