La reciente resolución del Tribunal Constitucional (TC) sobre la potestad sancionadora de las municipalidades ha generado confusión en diversas ciudades del país. Sin embargo, la Municipalidad Provincial de Huaraz dejó en claro que las multas y operativos de tránsito continúan con normalidad.
El subgerente de Tránsito, Aldrin Carrasco, explicó que el fallo emitido por el TC declara inconstitucional una ordenanza específica de la Municipalidad de Lima, que habilitaba a su personal a sancionar infracciones de tránsito, atribución que corresponde por ley a la Policía Nacional del Perú (PNP) en esa jurisdicción. No obstante, dicha resolución solo tiene efecto vinculante para Lima Metropolitana y Callao.
“El fallo menciona expresamente a Lima y Callao. Nosotros no hemos recibido ninguna disposición oficial que anule nuestras competencias. Las ordenanzas en Huaraz siguen vigentes”, sostuvo Carrasco.
Además, recordó que los municipios provinciales como Huaraz actúan en base a la Ley General de Transporte y al Reglamento Nacional de Tránsito, que permiten establecer medidas complementarias para el orden y seguridad vial.
“Intervenimos porque hay desorden. No es por gusto. Además, Huaraz es zona sísmica, y las vías deben estar libres ante cualquier emergencia”, añadió.
Carrasco también respondió a quienes creen que ya no pueden ser multados por infracciones como el mal estacionamiento:
“La ley es clara. Nuestra ordenanza se basa en el reglamento nacional. Las infracciones deben seguir siendo sancionadas.”
Finalmente, hizo un llamado a los conductores a no dejarse llevar por la desinformación y a colaborar con el ordenamiento urbano, especialmente en el contexto actual de obras y desvíos. “No podemos permitir que las calles se conviertan en cocheras públicas”, concluyó.
¿Qué dice el fallo del Tribunal Constitucional?
El fallo del TC (Exp. N.° 04158-2022-PA/TC) declaró fundada una demanda de amparo interpuesta contra la Municipalidad Metropolitana de Lima, señalando que las competencias para sancionar infracciones de tránsito en Lima y Callao corresponden exclusivamente a la Policía Nacional del Perú (PNP), según lo establece el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito.
El TC precisó que las municipalidades no pueden atribuirse competencias exclusivas del Gobierno Central, por lo tanto, la ordenanza de Lima fue declarada inconstitucional. Sin embargo, el fallo no alcanza a los gobiernos locales del resto del país.

