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ONPE: Partidos y movimientos tienen plazo hasta el 16 de junio para inscribir candidatos

El coordinador regional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en Huaraz, Rómulo Gastañadui Rodríguez, informó que los partidos políticos y movimientos regionales tienen plazo hasta el 16 de junio para inscribir oficialmente a sus candidatos ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), de cara a las elecciones regionales y municipales.

Explicó que, tras la culminación de las elecciones primarias, las organizaciones políticas que no presentaron observaciones en sus resultados ya se encuentran habilitadas para continuar con la etapa de inscripción de sus listas de candidatos.

“Luego de culminar las elecciones primarias, los resultados ya validados permiten que las organizaciones políticas acudan a los jurados electorales especiales para inscribir sus candidatos. El plazo vence el 16 de junio”, señaló.

Gastañadui precisó que, en la mayoría de organizaciones políticas, el proceso de elecciones internas se desarrolló conforme al cronograma establecido, con la participación de delegados que eligieron a sus candidatos para los distintos niveles de gobierno.

Asimismo, indicó que aquellas organizaciones que no cumplieron con los requisitos mínimos de participación en sus procesos internos podrían enfrentar dificultades para continuar en carrera electoral, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

El funcionario detalló que, una vez admitidas las listas por los jurados electorales especiales, se emitirán las resoluciones correspondientes que oficializan las candidaturas, lo que dará paso a las siguientes etapas del proceso electoral, como el periodo de tachas y renuncias.

Finalmente, precisó que la ONPE iniciará posteriormente el trabajo operativo de organización del material electoral, incluyendo cédulas de votación, actas y demás insumos necesarios para la jornada electoral de octubre.

En cuanto a la permanencia de las organizaciones políticas, indicó que dependerá del cumplimiento de los requisitos establecidos por ley, como el porcentaje mínimo de votación en elecciones generales o regionales, según corresponda, así como el cumplimiento de la presentación de información financiera ante los organismos electorales.

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