Un suboficial de la Policía Nacional del Perú (PNP) fue condenado a cinco años de pena privativa de libertad suspendida luego de admitir su responsabilidad en un caso de cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial y acogerse al mecanismo de terminación anticipada.
La sentencia fue impuesta contra el ST1 PNP Eder Alisson Nolasco Romero, quien prestaba servicios en la Comisaría de Santa. La decisión judicial se produjo tras un acuerdo entre la defensa del efectivo y la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Santa.
El acuerdo fue suscrito con el fiscal anticorrupción Martín Espinoza Matallana y posteriormente aprobado por el juez Alex Abdón Alegre Arangurí, de la Corte Superior de Justicia del Santa.
Como parte de la resolución, el magistrado impuso una pena de cinco años de prisión suspendida por un periodo de tres años y ordenó el pago de S/ 1,500 por concepto de reparación civil a favor del Estado. Al tratarse de una condena suspendida, el efectivo recuperó su libertad, aunque deberá cumplir las reglas de conducta establecidas por el Poder Judicial durante el periodo de prueba.
Intervención por presunto cobro indebido
De acuerdo con la investigación fiscal, Nolasco Romero fue detenido por agentes de la División Anticorrupción de Chimbote y representantes del Ministerio Público tras una denuncia presentada por familiares de una persona intervenida por la Policía.
Según la tesis fiscal, el suboficial habría solicitado dinero a cambio de favorecer al detenido en una investigación relacionada con presunto tráfico ilícito de drogas. Entre los ofrecimientos atribuidos al efectivo figuraban evitar que el intervenido fuera puesto a disposición de la AREINCRI Chimbote, gestionar su liberación y devolver un vehículo que había sido incautado durante la intervención policial.
Tras recibir la denuncia, la Fiscalía Anticorrupción coordinó un operativo de intervención. Como los denunciantes lograron reunir S/ 1,000, el dinero fue previamente registrado, fotografiado y sometido a procedimientos de identificación para ser utilizado durante las diligencias.
Con la aceptación de los cargos y la aprobación judicial del acuerdo de terminación anticipada, el proceso concluyó sin necesidad de llegar a juicio oral.

