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Ollanta Humala queda sin condena de 15 años tras fallo del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional anuló el proceso penal seguido contra el expresidente Ollanta Humala Tasso por lavado de activos y dejó sin efecto la condena de 15 años de prisión que había sido dictada en su contra en abril de 2025.

La decisión está contenida en la Sentencia 169/2026, correspondiente al Expediente 00110-2026-PHC/TC, emitida el 15 de julio. El pleno declaró fundada la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa del exmandatario al considerar que durante el proceso se vulneraron los principios de legalidad y tipicidad vinculados con su derecho a la libertad personal.

La resolución no solo alcanza a la sentencia condenatoria. El TC dispuso que queden sin efecto las investigaciones preliminares y las actuaciones posteriores derivadas del proceso vinculado con los aportes recibidos por el Partido Nacionalista durante las campañas electorales de 2006 y 2011.

¿Por qué el TC anuló el proceso?

Uno de los argumentos centrales del Tribunal Constitucional fue que los hechos atribuidos a Humala no podían ser perseguidos aplicando figuras penales que no estaban vigentes cuando ocurrieron los aportes de campaña.

El fallo también cuestionó que no se hubiera individualizado adecuadamente el delito previo que habría generado el supuesto dinero ilícito. Asimismo, señaló deficiencias para sostener que Humala conocía o podía presumir el presunto origen ilegal de los fondos recibidos durante las campañas de 2006 y 2011.

A partir de estos elementos, el TC concluyó que se vulneraron los principios constitucionales de legalidad y tipicidad durante el desarrollo del proceso.

La decisión fue adoptada por mayoría. Los magistrados Luz Pacheco y Manuel Monteagudo emitieron votos discrepantes y consideraron que la demanda debía ser declarada improcedente.

¿Qué pasa ahora con Ollanta Humala?

El fallo establece que el órgano judicial penal correspondiente debe definir la situación jurídica del expresidente el mismo día en que sea notificado con la sentencia constitucional.

La defensa de Humala sostiene que la nulidad del proceso debe derivar en su liberación, debido a que la condena que sustentaba su permanencia en prisión quedó sin efecto. Sin embargo, corresponde al Poder Judicial ejecutar formalmente lo dispuesto por el Tribunal Constitucional.

Por esta razón, mientras no exista confirmación oficial de que salió del establecimiento penitenciario, resulta más preciso señalar que el fallo abre el camino para que recupere su libertad, y no afirmar todavía que ya fue liberado.

Humala había sido condenado en abril de 2025 por un juzgado de la Corte Superior Nacional a 15 años de prisión dentro del proceso relacionado con los aportes de campaña del Partido Nacionalista.

Fiscalía deberá archivar lo actuado

La sentencia constitucional también dispone que la fiscalía encargada del caso emita la disposición correspondiente para archivar lo actuado durante la investigación preliminar. Esto implica que las actuaciones posteriores vinculadas con ese proceso quedan sin efecto conforme al fallo.

La resolución marca un giro sustancial en la situación judicial del expresidente, quien permanecía cumpliendo la condena dictada en 2025 mientras su defensa cuestionaba la validez del proceso.

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