La condición de pequeña ciudad que figura en el expediente de la Junta Administradora de Agua Potable de Shancayán y Anexos (JAAPSHAN) sería uno de los elementos que determina qué entidad debe intervenir en los procedimientos relacionados con la organización, según explicó Milagros Díaz Guimaray, jefa del Área Técnica Municipal (ATM) de la Municipalidad Distrital de Independencia.
La funcionaria señaló que, al revisar la documentación presentada por la propia JAAPSHAN, se encontró una resolución mediante la cual el sector fue reconocido como pequeña ciudad por la Municipalidad Provincial de Huaraz. A partir de esta clasificación, sostuvo que la organización ya no se encontraría dentro del ámbito rural que corresponde atender al ATM de Independencia.
Díaz explicó que el área técnica municipal tiene entre sus funciones la atención de las juntas administradoras de agua que operan en el ámbito rural. Por ello, al considerar que JAAPSHAN figura como una pequeña ciudad, indicó que el procedimiento correspondiente debería ser atendido por la Municipalidad Provincial de Huaraz.
Clasificación de pequeña ciudad sería determinante para establecer competencias
Durante la entrevista, la jefa del ATM sostuvo que la documentación incorporada en el expediente presentado por JAAPSHAN permite identificar la condición bajo la cual se encuentra reconocida la zona.
“Al estar reconocida como pequeña ciudad, el procedimiento es otro”, señaló Díaz, quien remarcó que el reconocimiento de dicha condición no fue emitido por la Municipalidad Distrital de Independencia, sino por la Municipalidad Provincial de Huaraz.
La funcionaria evitó atribuir a JAAPSHAN un eventual desconocimiento de las competencias municipales al momento de presentar su documentación. Indicó que corresponde revisar el expediente presentado por la propia organización y los documentos que contiene para determinar las entidades que deben intervenir en cada procedimiento.
En ese sentido, la posición expresada por el ATM se sustenta en la clasificación que aparece en la documentación revisada por el área municipal y en las competencias que, según explicó, corresponden a cada nivel de gobierno.
Autorización para uso del agua corresponde a la ANA
Durante la entrevista también se abordó la situación relacionada con el uso del recurso hídrico. Díaz precisó que la entidad encargada de otorgar las licencias de uso de agua es la Autoridad Nacional del Agua (ANA).
Según señaló, dentro del expediente revisado por el área técnica no se encontraría presentada dicha autorización. La funcionaria agregó que en la documentación también figura un documento del Ministerio de Vivienda relacionado con la situación de la organización, aunque no detalló durante la entrevista el contenido completo ni los alcances de dicho documento.
Este aspecto corresponde a un procedimiento distinto al reconocimiento administrativo que ha generado la controversia, debido a que la autorización para el uso del recurso hídrico se encuentra dentro de las competencias de la autoridad nacional correspondiente.
Municipalidad Provincial de Huaraz tendría participación en el trámite
Díaz reiteró que la Municipalidad Distrital de Independencia no sería la entidad encargada de otorgar el reconocimiento vinculado a la condición de pequeña ciudad de la zona, debido a que dicha clasificación fue emitida previamente por la Municipalidad Provincial de Huaraz.
La jefa del ATM señaló que, bajo esa consideración, los procedimientos que correspondan a JAAPSHAN deberían ser evaluados por la instancia provincial, de acuerdo con las competencias que establezca la normativa vigente.
Esta explicación se suma a la posición expresada previamente por la Gerencia de Asesoría Legal de Independencia, que señaló que la municipalidad distrital no cuenta con facultades para otorgar a JAAPSHAN el reconocimiento como operador especializado. En ambos casos, los funcionarios municipales sostienen que la intervención de Independencia estaría limitada por las competencias que corresponden a otras entidades.
La situación deberá continuar siendo evaluada por las instituciones involucradas, especialmente respecto a la condición administrativa de la organización, la prestación del servicio de saneamiento y las autorizaciones relacionadas con el uso del recurso hídrico.

