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JNE impide que exalcaldes vuelvan a asumir alcaldías mediante sucesión municipal desde 2027

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció que las autoridades que ejercieron como alcaldes durante el periodo municipal inmediato anterior no podrán volver a ocupar ese cargo en la gestión 2027-2030, aunque hayan postulado como primeros regidores en las recientes Elecciones Regionales y Municipales 2026.

La decisión fue anunciada el viernes 6 de noviembre por Yessica Clavijo Chipoco, secretaria general del JNE, luego de que el Pleno del organismo electoral realizara una revisión de oficio de 427 proclamaciones emitidas por los Jurados Electorales Especiales (JEE). En este primer grupo se identificaron seis casos que deberán ser corregidos.

Según explicó la funcionaria, haber encabezado una lista de regidores no habilita a una persona que ya ejerció como alcalde en el periodo inmediato anterior para volver a asumir esa función. Por ello, no podrá recibir credenciales de alcalde ni acceder al cargo mediante la sucesión ante una eventual suspensión o vacancia a partir de 2027.

En estos casos, la alcaldía deberá ser asumida por el siguiente regidor hábil de la misma lista electoral que no tenga impedimentos legales o constitucionales. La restricción no significa que la persona pierda automáticamente su condición de regidor, sino que no podrá ejercer nuevamente la alcaldía durante el periodo alcanzado por esta prohibición.

Clavijo también precisó que los criterios serán notificados a los Jurados Electorales Especiales para que revisen y rectifiquen las proclamaciones que correspondan. Asimismo, indicó que el JNE continuará examinando otros casos que presenten la misma situación, con el objetivo de uniformizar la aplicación de las disposiciones constitucionales sobre la reelección inmediata de autoridades municipales.

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