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Elecciones Generales 2021: Partidos políticos están obligados a entregar dos informes de sus ingresos y gastos de campaña

Foto: ONPE

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Elecciones Generales 2021: Partidos políticos están obligados a entregar dos informes de sus ingresos y gastos de campaña

ONPE fija el 19 de marzo como fecha límite para la presentación de información financiera de campaña.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) fijó el viernes 19 de marzo como fecha límite de la primera entrega de la presentación de la información financiera de campaña electoral de las Elecciones Generales 2021, que efectuarán las organizaciones políticas, los candidatos o sus responsables de campaña, según corresponda.

Así lo dispone la Resolución Jefatural N°000500-2021-GSFP, publicada en el diario oficial El Peruano, emitida por la Gerencia de Supervisión de Fondos partidarios y suscrita por su gerente Margarita Díaz Picasso.

La rendición de cuentas comprenderá el periodo que va del 9 de julio, fecha en la que se convocaron las elecciones generales, al 12 de marzo de 2021. El organismo electoral precisó que, para cumplir con esta obligación, habilitará un link en su portal institucional a partir del 1 de marzo con los respectivos formatos.

Según la Resolución, la entrega de esta rendición de cuentas está dispuesta por el artículo 30-A de la Ley de Organizaciones Políticas. Allí se establece que las organizaciones políticas y los candidatos o sus responsables de campaña, según corresponda, presentan en dos (2) entregas obligatorias, la información financiera de los aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral. Igualmente menciona que la ONPE establece los plazos de presentación y publicación obligatoria, desde la convocatoria a elecciones, con al menos una (1) entrega durante la campaña electoral como control concurrente.

La Resolución menciona también que la obligación de los partidos políticos y los candidatos no solo implica el deber de presentación de las mismas, sino que éstas se realicen en la forma y plazos establecidos con el objeto de que se efectúe oportunamente una correcta verificación y control de la citada información financiera por parte de la ONPE. La disposición también recuerda que según el artículo 103° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios la segunda entrega de la información financiera de los aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral será en un plazo no mayor a 15 días de concluido el proceso electoral con la publicación en el diario oficial El Peruano de la resolución que dispone su conclusión.

De acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas, la no presentación de los informes sobre los aportes e ingresos recibidos, así como los gastos efectuados durante la campaña, en el plazo establecido por la ONPE constituye una infracción muy grave, sancionable con una multa no menor de 31 ni mayor de100 unidades impositivas tributarias y la pérdida del financiamiento público directo.

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