La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) evaluó a 28 empresas prestadoras de servicios de saneamiento y determinó que 25 de ellas tienen causales para ingresar al Régimen de Apoyo Transitorio (RAT).
El RAT es un régimen de gestión, a cargo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass), que tiene por objeto mejorar la eficiencia de las empresas prestadoras públicas y sus condiciones al momento de prestar los servicios de saneamiento.
En ese sentido, el análisis efectuado por la Sunass evalúa tres aspectos que pueden constituir causales de ingreso al RAT: solvencia económica-financiera, sostenibilidad de la gestión empresarial y sostenibilidad en la prestación de los servicios de saneamiento.
Las 28 empresas prestadoras fueron evaluadas en base a información correspondiente a su desempeño durante los últimos tres años (2018-2020). Así, la Sunass determinó que 18 de ellas incurrieron en una causal para ingresar al RAT, 6 en dos causales, 1 en tres causales; mientras que 3 empresas no incurrieron en ninguna causal que motivara su recomendación de ingreso al régimen.
El RAT es un régimen de gestión, a cargo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass), que tiene por objeto mejorar la eficiencia de las empresas prestadoras públicas y sus condiciones al momento de prestar los servicios de saneamiento.
En Áncash
Dentro de las empresas con causales, se encuentran Sedachimbote S.A. (Chimbote) y EPS Chavín S.A. (Huaraz) ; lo que implicaría que ambas sean intervenidas por la OTASS, para reflotarlas.
Sobre la empresa Sedachimbote, en informe publicado en el portal web de la Sunass, se determina que esta «incurre en causales para su ingreso al RAT relacionadas a aspectos de sostenibilidad en la Gestión Empresarial, por no implementar las recomendaciones resultantes de los informes de acciones de control, no cumpli con adecuar su estatuto en el plazo legal establecido y ser sancionada por el imcumplimiento de medidas correctivas».
Respecto a la EPS Chavín S.A.; responsable de prestar servicios de agua potable y alcantarillado en Huaraz y otras provincias de la sierra de Áncash, se indica en informe que incurre en causal para su ingreso al RAT relacionada al aspecto de Sostenibilidad en la prestación de los servicios por obtener un índice de cumplimiento global (ICG) menor al 80% en los dos últimos años anteriores al momento de realizar la evaluación.
La Sunass, como organismo regulador, tiene la competencia de evaluar anualmente a las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal y recomendar su ingreso al RAT, asimismo, cada 3 años evalúa a aquellas que están en dicho régimen, para determinar y recomendar su continuidad o no dentro del régimen. Sin embargo, es el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass) el que decide finalmente el ingreso, salida o continuidad de las empresas prestadoras en el RAT y el ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ratifica la decisión en su calidad de ente rector.
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