El vocal del Consejo de Minería del Ministerio de Energía y Minas, Guillermo Aliaga Pajares, informó que aproximadamente el 10 % de los recursos presentados a nivel regional llega a una etapa en la que puede ser revisado por el Consejo de Minería.
Durante su participación en una actividad vinculada al sector minero en Áncash, explicó que este organismo constituye la última instancia administrativa en sede nacional para resolver recursos de revisión y nulidad relacionados con resoluciones emitidas por autoridades mineras.
Aliaga precisó que estos procedimientos pueden estar vinculados tanto a decisiones de las direcciones regionales como a resoluciones emitidas por órganos del Ministerio de Energía y Minas.
Multas y paralización de actividades, entre los casos
Según explicó el funcionario, entre los asuntos que suelen llegar al Consejo de Minería se encuentran las multas por no presentar declaraciones anuales consolidadas, así como sanciones relacionadas con declaraciones exigidas por el sector.
También mencionó casos de exclusión de procesos de formalización minera y recursos presentados contra decisiones de paralización o suspensión de actividades, cuando los administrados consideran que estas medidas no cuentan con un adecuado sustento jurídico.
El vocal señaló que, de acuerdo con las estadísticas que maneja el Consejo de Minería, aproximadamente uno de cada diez recursos presentados a nivel regional puede ser revisado por esta instancia.
Asimismo, indicó que la tasa de recursos que posteriormente son revertidos en la vía contencioso-administrativa es menor al 1 %, según la cifra expuesta durante la entrevista.
¿Qué función tiene frente a la minería ilegal?
Respecto a la minería ilegal, Aliaga aclaró que el Consejo de Minería no es la entidad encargada directamente de combatir este delito, sino que su función está relacionada con la revisión de resoluciones administrativas dentro de sus competencias.
Explicó que en las acciones contra la minería ilegal intervienen diferentes instituciones, entre ellas la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA), el Poder Judicial y la Policía Ambiental.
En el ámbito administrativo, agregó que las Direcciones Regionales de Energía y Minas (DREM) cumplen funciones de supervisión, fiscalización y sanción respecto de actividades de pequeña minería y minería artesanal.
Competencias de la DREM y del Ministerio de Energía y Minas
Aliaga señaló que el Ministerio de Energía y Minas es el ente rector del sector, mientras que las direcciones regionales ejercen determinadas competencias en materia de pequeña minería y minería artesanal, de acuerdo con el proceso de descentralización.
En el caso de Áncash, la DREM Áncash tiene entre sus funciones la autorización de determinadas actividades mineras, además de labores de fiscalización y sanción.
El funcionario también precisó que las competencias relacionadas con la formalización de la pequeña minería y minería artesanal fueron modificadas mediante el Decreto Supremo N.° 009-2025-EM y actualmente corresponden a la Dirección General de Formalización Minera, con sede en Lima.