La Segunda Fiscalía Superior Anticorrupción de Ancash, logró la sentencia condenatoria de 8 años de cárcel contra los hermanos Willy y Rosell Fitzcarrald Bravo, acusados por la comisión de los delitos de Peculado Doloso, Colusión Desleal y Lavado de Activos, cabe destacar que Willy Fittzcarrald fue alcalde de la Provincia de Carlos Fermin Fitzcarrald – San Luis en el Periodo (2003-2006 y 2007-2010).
El denominado “Mega Caso de San Luis”, involucró a más de 20 personas entre familiares de los hermanos Fitzcarrald y empresarios vinculados a la gestión del ex alcalde Willy Fitzcarrald, el caso fue llevado por la Fiscal Superior Mercedes Pintado Delgado, quien luego de un arduo trabajo pudo sostener la acusación fiscal.
Sin embargo, la sentencia impuesta por el colegiado de la Sala Penal Liquidadora Transitoria, presidido por la Dra. Isabel Velezmoro, que condenó a 8 años de prisión efectiva por el delito de lavado de activos y a la reparación civil de 2 millones de soles que serán pagados de manera solidaria por los sentenciados, no fue aceptado por la Fiscal Mercedes Pintado, por lo que apeló la referida sentencia.
Como se sabe, los magistrados de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Áncash (CSJAN), sentenciaron a ocho años de pena privativa de la libertad efectiva a Wilder Carlos Fitzcarrald Bravo (exalcalde provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald), Mibsam Goodman Carbajal Sánchez, Rosell Antonio Fitzcarrald Bravo.
Asimismo a Máximo Serafín Carbajal Sánchez, Elías Teodoro Falcón Ramírez, Próspero Wilder Falcón Ramírez, Fortunata Victoria Bravo de Falcón, Ricardo Urbano Alegre Mendoza, Hayden Homero López Cotrina, Wendy Raisa Ruíz Moreno, Rosi Meri Moreno Cotrina, Vidal Antonio Toro Moreno, Carlos Fitzcarrald Sánchez, Julio Walther Dueñas Carrasco, Elizabeth Cabello Bravo, Tomás Ontón Coronado y César Augusto Salvador Calixto por ser coautores de la comisión del delito de Lavado de Activos, en agravio de la Municipalidad Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald y el Gobierno Regional de Áncash.
Dicha condena se computará desde la fecha en que los sentenciados sean internados en el Establecimiento Penitenciario de Huaraz, con el descuento de la carcelería que han sufrido los condenados privados de su libertad.