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Congreso de la república aprueba ley N°31547 en beneficio de las cuencas de la Cordillera Negra

Áncash

Congreso de la república aprueba ley N°31547 en beneficio de las cuencas de la Cordillera Negra

Se declara de interés nacional la priorización de proyectos de inversión publica a cuencas y sub cuencas de la Cordillera Negra en Áncash

El Congreso de la República del Perú, aprobó la Ley N° 31547, que declara de interés nacional y necesidad pública la priorización en la ejecución de estudios y proyectos de inversión para el afianzamiento hídrico de las cuencas y subcuencas de la Cordillera Negra en el departamento de Ancash, con la finalidad de ampliar la frontera agrícola, asegurar el abastecimiento de agua para el consumo humano y agrario, y promover el desarrollo social y económico de la zona de influencia.

Cabe resaltar que la zona de priorización enmarcada en la Ley, concentra altos índices de pobreza y pobreza extrema en la región Ancash, siendo de gran transcendencia este proyecto para lograr mayores niveles de igualdad social y brindarles oportunidades de desarrollo para los beneficiarios directos e indirectos enmarcados en la Ley y que abarca a 10 provincias de la región.

El Poder Legislativo aprobó esta norma a fin de iniciar el afianzamiento hídrico, a través de un estudio integral con enfoque de cuenca y sostenibilidad para realizar el aprovechamiento de las fuentes de agua existentes mediante la construcción de represamientos y obras de infraestructura de riego complementarias, realización de actividades de forestación y revegetación, y también, la norma señala la necesidad de implementar actividades y negocios rurales en favor de sus habitantes, tanto del lado del Callejón de Huaylas como del Pacifico.

La presente normativa demanda la intervención de los estamentos gubernamentales de la zona de influencia a beneficiar, en el marco de sus funciones y competencias, la elaboración del Plan Maestro y de Acción para el afianzamiento hídrico en la Cordillera Negra; con la intervención del Gobierno Regional, Gobiernos locales y mancomunidades. Mientras tanto, se designa al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego como responsable de la dirección y coordinación para la ejecución del indicado Plan.

Por lo tanto, se hace necesario exhortar a las organizaciones agrarias, juntas de usuarios, y a las instituciones y organizaciones relacionadas, a involucrarse y estar atentos a la gestión de implementación de la presente ley; asimismo, se hace un llamado a los candidatos electorales a tener en cuenta esta propuesta de alta relevancia para el progreso de nuestra Región.

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